lunes, 30 de enero de 2017

las instituciones juridicas

Las Instituciones Jurídicas
Es  un  conjunto  de  normas  jurídicas complejas, duraderas  relacionadas  entre sí que  tienen  carácter  obligatorio que  son promulgadas por  el  estado  y  que  regulan  la  actividad  del  hombre  en  su  especifica  condición  humana. Ej. Las  leyes. 
Según dice el Dr. Rafael Caldera: "Las instituciones jurídicas, son reglas de conductas obligatorias y duraderas, que regulan la actividad del hombre en su específica condición humana, que tienen una finalidad colectiva, la cual es la conservación y perfeccionamiento del orden social, la seguridad y bienestar de los ciudadanos, y que tienen la particularidad de ser coercibles para lo cual requieren haber sido promulgadas por la autoridad".

Características  específicas  de  las  instituciones  jurídicas.
Las  instituciones  jurídicas  como  toda  institución social  participa en  todas  las  características   de  las  instituciones  sociales pero  además  tienen  características específicas  que  nos  permiten  diferenciar  una  institución jurídica  de  una  institución social  estas  características  son:






 a) La  coercibilidad: Es la posibilidad lógica de que se cumpla la norma jurídica aun en contra del sujeto obligado.

b) La  sanción  jurídica: Consecuencia negativa del incumplimiento de la ley.

c) La  coacción: Es el cumplimiento forzoso de la sanción jurídica.

d) Bilateralidad: significa  que  en  toda  norma  jurídica  vamos  a  encontrar  dos  sujetos: el  sujeto que  tiene  la  obligación de   cumplir   con  lo  pautado por  la  norma  y  el  sujeto que  tiene  el  derecho  de  exigir  el  cumplimiento  de  lo  pautado por  la  norma.

Son  impero- atributiva  imponen  deberes   correlativo  de  derecho, es  decir imponen  deberes  y  conceden  derechos.

e) Son  obligatorias: son de  cumplimiento obligatorio  la  violación  de  una  norma  jurídica  impone  una  sanción  jurídica.

f) Son  promulgadas  por  el  Estado:  a  través  de  sus  órganos,  ya  que  para  una  norma  jurídica  obtenga  validez  formal debe  ser  establecida por  la  actividad competente  siguiendo  el  procedimiento  pautado  por  el  ordenamiento jurídico.  



Función
Está concebida por la dogmática jurídica como uno de los tres niveles de la ciencia jurídica en general, las funciones de aquélla han de ser vistas con relación a ciertos tipos de actividad, que se identifican con las tareas que debe efectuar todo jurista. 

Importancia
La importancia de las instituciones jurídicas, se apoya en Weber y North, para quienes las instituciones jurídicas hacen posible predecir la acción del Estado y de los agentes económicos. Para Weber, el derecho basado en la racionalidad formal contribuyó al desarrollo del capitalismo creando un ambiente seguro para la inversión. Para North, la limitación de los abusos del Estado garantizó el establecimiento de derechos de propiedad que promovieron la expansión de los mercados. Intenta demostrar que las altas tasas de crecimiento sin instituciones jurídicas formales que limitarán la acción abusiva del Estado prediciendo su comportamiento

Variabilidad
Como productos que son de sociedades reales, con necesidades concretas y distintas, las Instituciones jurídicas se hallan en relación directa a estas formas de sociedades particularizadas. De ahí que una sociedad a otra, o de un tiempo a otro, encontremos unas mismas instituciones con diferentes contenidos.

   Derecho comparado
Disciplina que se ocupa del estudio de instituciones jurídicas o sistemas de Derecho localizados en lugares o épocas diversas. Su finalidad es indagar puntos de coincidencia y diferencias específicas, arrojando luz sobre la evolución y desarrollo de tales instituciones y sistemas, permitiendo aportar datos tendentes a su mejor conocimiento, y subrayar carencias susceptibles de ser corregidas en el futuro. 
El Derecho comparado es una disciplina cuyos orígenes se remontan a finales del siglo XIX y alcanzan su consagración fundamental en el Congreso Internacional sobre la materia celebrado en París en el año 1900. A partir de entonces la puesta en marcha de sus métodos se incrementó, ampliándose su campo de atención a la jurisprudencia de los distintos países y proliferando institutos y revistas especializadas sobre la materia. Es una disciplina auxiliar de las ciencias jurídicas de la filosofía jurídica, que yace como un instrumento de suma utilidad tanto para el legislador, el juez, el diplomático, el abogado; donde el derecho comparado tiene una importante utilización para alcanzar el perfeccionamiento de las legislaciones y la unificación de los diversos sistemas jurídicos, a través del conocimiento del derecho extranjero logrando un mejor conocimiento de nuestro derecho nacional.


El Derecho Comparado se ha convertido en uno de los principales auxiliares, no solo de la Ciencia Jurídica, sino de la Sociología del Derecho; influyendo en el propio campo de la Filosofía del Derecho. El doble carácter a) universal y b) local-temporal del Derecho, tan importante en el estudio del Derecho Comparado ha hecho que algunos jurisconsultos como Geny, del Vecchio y Saleilles, consideren que el mismo encuentra su fundamento y su verdadera expresión en el renacimiento de la idea del Derecho Natural.

Las instituciones y su función



La institución familiar: Es la agrupación primaria y fundamental de una sociedad, la más antigua, con normas reconocidas universalmente, que prescriben claramente los roles que desempeñan sus miembros. Conforma el hogar, cuyo objetivo primordial es la procreación y educación de los hijos. La institución familiar puede definirse como el conjunto de personas ligadas por parentescos de sangre. Los comportamientos adquiridos en el seno de la familia determinarán posteriormente los comportamientos sociales.

2. La institución educativa: La educación es un proceso que pretende la inclusión social de sus integrantes como miembros útiles de una comunidad; debe cumplir el transcendente papel de transmitir los elementos culturales propios de cada cultura. Dado que cada sociedad determina sus prioridades educativas según sean sus necesidades, la función educativa se ejerce de manera diferente. En general, se debe advertir que a través de la institución educativa, la sociedad perpetúa su existencia misma y hace viable o no, su continuidad, su propio futuro.

3. La institución política: Es producto de la necesidad de administrar y gobernar la sociedad, ya que es necesaria la organización, la dirección y el orden para el logro de los objetivos sociales. La institución política garantiza a través de una forma de gobierno, los derechos de los miembros de la sociedad. Igualmente, el cumplimiento de los deberes. La institución política se materializa en el Estado; éste, a su vez, cumple con las funciones de regular el poder político, la administración de la autoridad y del poder; de otra parte, la organización de la sociedad.
4. La institución económica: Tiene como función la administración y el ordenamiento de los gastos e inversiones que realiza el Estado de la manera más eficiente y equitativa posible, mediante la regulación de los procesos globales de producción, distribución, intercambio y consumo de los bienes y productos sociales. Para tal efecto, el Estado implementa un sistema económico acorde con sus principios ideológicos.
5. La institución religiosa: Se considera que la religión es un fenómeno humano universal que genera códigos morales que regulan la vida en sociedad. A través de la religión, se establecen normas para la vida personal, familiar y social. Como institución social, no se presenta como un ente único, sino en las diferentes maneras como los miembros de la comunidad se ubican frente al fenómeno.









3 comentarios:

  1. Gracias por la informacion me resulto algo un poco complicado de entender pero me ayudo bastante ♡♡♡

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  2. Gracias. es una muy buena pagina. Clara, sencilla y al grano. me sirvió de mucho.

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  3. Muy buena explicación de la materia

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